Katia Lemus Barajas
A los concesionarios o permisionarios de servicios de arrastre, salvamento o de depósito o guarda que se les compruebe cobros excesivos o incurran en infracciones establecidas en los reglamentos de operatividad, se harán acreedores a multas que van de los 11 mil 545.4 (120 UMAS) a 72 mil 165 pesos (750 UMAS), reconoció Enrique Correa Sada, presidente de la Comisión de Movilidad Sustentable y Tránsito del Congreso de Querétaro.
2Las quejas que presenten los usuarios irán directamente a la defensoría de los usuarios y ella será quien inicie los procedimientos y después el área conducente administrativa ya sea la contraloría o el órgano interno de control realizará las sanciones correspondientes”.
Tras reunirse con un grupo de concesionarios de grúas el viernes pasado Correa Sada, reconoció que a este grupo de inconformes ya se les explicó en qué consiste la ley y estuvieron de acuerdo con los cambios.
“Algunos de los concesionarios que no tenían conocimiento del dictamen tenía mucha duda sobre la aplicación de la modificación al Artículo 22 BIS de la “Ley de Servicios Auxiliares de Transporte Público de Querétaro”, en la que se determina que se expedirán permisos para quienes tienen una concesión o placas federales y quieran trabajar en la entidad, deberán requerir un permiso complementario, entonces esto tiene como objetivo esta reforma: cuidar a los empresarios locales y quienes vengan a trabajar a Querétaro conozcan los lineamientos y se sometan a la regulación estatal, entonces más bien los protege y es algo que los beneficia”.
Destacó que se empezará a trabajar con ellos y la Agencia de Movilidad para los planea operativos pues la ley determina que se deberán generar a partir de su publicación y la reglamentación del mismo.
“La ley establece que la Agencia de Movilidad tendrá que reglamentar los procedimientos, así como la expedición de una memoria técnica del trabajo desarrollado y ahí explicar cuáles son los elementos que se desarrollaron para cobrar lo que pudiera ser cualquier tema como abanderamiento o maniobras”.
Aclaró que la memoria técnica es una descripción del trabajo realizado que se justifica de acuerdo con los lineamientos que emitirá la Agencia de Movilidad para poder realizar los cobros. “La memoria técnica es como el documento que avala y acredita que el cobro que realizaste es acorde al trabajo que realizaste”.
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