Prisión, a Quien Haga Uso Indebido de Pirotecnia: Ricardo Astudillo

Banner Político

Para que se respeten los límites máximos permisibles contenidos en las normas y disposiciones vigentes, se verifique que quienes hagan uso de pirotecnia cuenten con los permisos correspondientes y se regularice su uso, Ricardo Astudillo Suárez, coordinador de la Fracción Legislativa del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), presentó en Oficialía de Partes, la Iniciativa de Ley por la que se reforman diversas disposiciones en materia de material pirotécnico.

El también presidente de la Comisión de Medio Ambiente en el Congreso de Querétaro explicó que esta iniciativa contempla la adición de la fracción IX al artículo 5 y se reforman los artículos 226, 228 fracción III y 234 fracción X del Código Ambiental.

En ella, dijo, se destaca que un artificio pirotécnico es aquel dispositivo que produce reacciones químicas exotérmicas controladas para crear efectos de generación de calor, producción de gas, emisión de sonidos, dispersión de aerosoles, emisión de radiaciones electromagnéticas visibles o una combinación de estos para producir el efecto máximo con el menor volumen de composición pirotécnica.

“Se prohíbe emitir a la atmosfera cualquier contaminante. Se consideran contaminantes, entre otros, los humos, polvos, gases, vapores, particulares, artificios pirotécnicos y olores que rebasen los limites máximos permisibles contenidos en las normas oficiales mexicanas o en las normas técnicas ambientales estatales y demás disposiciones vigentes, o bien, cuando ocasionen molestia manifiesta y generalizada entre la población de las áreas circundantes”.

Para el artículo 228 se propone que se agregue lo siguiente: “De igual forma, hacerles saber las sanciones administrativas y penales en caso de incumplimiento y verificar que cuenten con los permisos correspondientes dependiendo del ámbito de competencia previo a emitir cualquier autorización de índole municipal”.

También propone modificar el artículo 234, a fin de que en dicho artículo se incluya:  “material pirotécnico y artificios pirotécnicos en fiestas y celebraciones públicas, así́ como aquellos detonados por particulares cuyo uso genere una notoria contaminación atmosférica o auditiva”.

Asimismo, propone reformar el artículo 219 del Código Penal del estado de Querétaro, para quedar de la siguiente manera: “que quien porte, fabrique, importe o acopie sin un fin licito y sin los permisos correspondientes emitidos por las autoridades competentes, instrumentos que solo puedan ser utilizados para agredir y que no tengan aplicación en actividades laborales o recreativas, se les imponga prisión de 3 meses a 2 años, hasta 25 días multa y decomiso”.

De igual manera, propone reformar el artículo 254 del mismo código, para quedar de la siguiente manera: “Se impondrá́ prisión de 3 a 30 años, sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten, al que utilizando explosivos, material pirotécnico, artificio pirotécnico, sustancias toxicas, armas de fuego o por incendio, inundaciones o por cualquier otro medio violento, realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios al público, que produzcan alarma, temor, en la población o a un grupo o sector de ella para perturbar la paz pública o tratar de menoscabar la autoridad del Estado o Municipio o presionar a la autoridad para que tome una determinación”.

El diputado Ricardo Astudillo, resaltó que un Informe Mundial sobre la Prevención de Lesiones en Niños, dice que el uso de fuegos artificiales resulta ser de gran peligro, ya que, al tratarse de explosiones, pueden provocar terribles accidentes, siendo el más común las quemaduras de alto grado o la pérdida de miembros; y que el ruido ocasionado por el empleo de pirotecnia es nocivo, pues el estadillo puede alcanzar hasta 190 decibeles, que es más de lo que el oído adulto puede soportar, ocasionando lesiones auditivas, incluso permanentes.

 

 

 

Newsweek

Be the first to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo no será publicada.


*