El Cabildo de Corregidora, acordó establecer el beneficio fiscal para propietarios de 47 predios ubicados en asentamientos irregulares o en aquellos que estén en proceso de regularización por lo que sólo deberán pagar 135 pesos por los conceptos de impuesto sobre traslado de dominio, o de impuesto predial en el ejercicio actual.
Roberto Sosa Pichardo, alcalde el municipio de Corregidora, detalló que este beneficio para apoyar la economía de las familias que viven en predios ubicados en zonas irregulares o en proceso de regularización, y garantizando también su patrimonio, los integrantes de la máxima autoridad municipal aprobaron dichos beneficios que están considerados en la Ley de Ingresos del Municipio de Corregidora para el Ejercicio Fiscal 2023.
“Este tipo de beneficios es para todos, y sobre todo para quienes más lo necesitan. Así que felicidades. Seguimos en esta política de tocar puertas en el gobierno federal, con INSUS; con el Estado, con SEDESOQ; para que también nos ayuden a regularizar más colonias y sigan teniendo este beneficio para poder llevar servicios, así es que felicidades a estas colonias”.
Señaló que los interesados en estos programas de beneficio deberán acreditar tanto la condición de sus predios, como trámite de regularización que realizan con la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra (CORETT), actualmente Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS); con el Instituto de la Vivienda del Estado de Querétaro (IVEQ) o la Secretaría de Desarrollo Social del Estado de Querétaro (SEDESOQ).
De igual forma, refirió que en el caso de asentamientos que se encuentren en proceso de regularización con INSUS, los beneficiarios deberán presentar oficio de solicitud de aplicación del beneficio por parte de la instancia substanciadora de la regularización o del propietario del predio y copia de la solicitud de regularización emitida por INSUS a favor del propietario del predio.
“Así como copia de la credencial de elector del propietario del predio, acuerdo de Cabildo aprobado por el H. Ayuntamiento del Municipio de Corregidora vigente, en el que se autoriza el beneficio fiscal del Impuesto Predial”.
Refirió que los asentamientos que se encuentran dentro del proceso de regularización con IVEQ y SEDESOQ debe presenta oficio de solicitud de aplicación del beneficio por parte de la instancia substanciadora de la regularización o del propietario del predio, copia de Escritura Pública emitida a favor del propietario del predio, copia de la credencial de elector del propietario del predio y el acuerdo de Cabildo aprobado por el H. Ayuntamiento del Municipio de Corregidora vigente, en el que autoriza el beneficio fiscal del Impuesto Predial.
“Las colonias beneficiadas son: Altos del Pueblito, Ampliación Camelinas, Ampliación La Negreta, Ampliación Villa Dorada, Colinas de los Ángeles, Huertas del Pueblito, Juan Pablo II, Filosofal, Lomas de San Isidro, Mirador de los Nogales, Ampliación José María Truchuelo, Francisco Villa, Jardines de la Corregidora, Lomas la Cruz, Los Reyes, Luis Donaldo Colosio, Niños Héroes, Prados de Balvanera, Lomas de la Presa, Rincón de Guadalupe, Romeral 1, Romeral 2, Santa Cecilia, Valle del Milagro, Valle de Santiago, Valle Dorado 2000, Valle Dorado 2000 1ª Sección, Ampliación 20 de Enero, Ampliación 20 de Enero 1ª Sección, 20 de Enero, 21 de Marzo, Arboledas del Sur, Bernardo Quintana, El Milagrito, Espíritu Santo, Jardines de la Negreta, José María Truchuelo, La Mina, Lomas del Campestre, Los Pinos, Los Pinos 2da. Etapa, Praderas de Guadalupe, Rinconada Campestre, Valle Arboledas, Valle de los Pinos, Villa Dorada y Vistas del Sol”.
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