Por unanimidad, el pleno del Senado de la República aprobó reformas que buscan atender, sancionar y erradicar la violencia por interpósita persona, también conocida como “violencia vicaria”.
En la víspera del Día Internacional de la Mujer, el pleno de la Cámara Alta avaló las reformas para establecer castigos hasta con cinco años de prisión a este tipo de agresiones.
De acuerdo con la definición que dio en 2012 la psicóloga clínica y forense argentina Sonia Vaccaro, se le conoce así a aquella violencia contra la mujer que ejerce el hombre violento utilizando como objetos a las hijas o hijos para dañarla.
En el proyecto aprobado se establece que la violencia vicaria es cualquier acto u omisión que tiene el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, y que se dirige contra las hijas o hijos, familiares o personas allegadas, ya sea que se tenga o se haya tenido relación de matrimonio, concubinato o mantenga o se haya mantenido una relación de hecho con la persona agresora; lo anterior, incluso cuando no se cohabite en el mismo domicilio.
Así, fue reformada la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el Código Civil Federal y el Código Penal Federal, a fin de garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de este tipo de agresiones.
También se incorpora un catálogo de conductas, a través de las cuales se manifiesta la violencia por interpósita persona, como amenazar con causar daño a las hijas e hijos; ocultarlos, retenerlos o sustraerlos fuera de su domicilio o de su lugar habitual de residencia; utilizarlos para obtener información respecto de la madre; promover, incitar o fomentar actos de violencia física de las y los hijos en contra de la madre.
Fuente: Proceso
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