Katia Lemus Barajas
De septiembre al último día de diciembre de 2023, al menos 315 personas que cometieron alguna falta administrativa realizaron trabajos en favor de la comunidad y de estas, 204 ya concluyeron las 12 horas impuestas como pena mínima, mientras que el resto está en proceso de cumplimiento, afirmó Héctor Miguel Hernández, director de Juzgados Cívicos.
“El trabajo en favor de la comunidad comenzó a implementarse en el municipio de Querétaro a partir del mes de septiembre por lo que todas las faltas administrativas son susceptibles a ser sancionadas con trabajo a favor de la comunidad”.
Recordó que los arrestos administrativos son de hasta 36 horas las cuales se pueden conmutar con una multa o trabajo en favor de la comunidad.
“Al menos 204 personas terminaron por lo menos 12 horas de trabajo en favor de la comunidad que es la sanción menor pues la mayor es de 18 horas y el resto estas personas, 111 se encuentran en proceso de cumplimiento”.
Destacó que las actividades están contempladas en el reglamento de justicia administrativa para que los infractores realicen incluye desde poda o limpia en espacios públicos, que es lo que ahora se está impulsando; se realizan trabajos de pinta y plantación de árboles entre otras actividades sencillas sin que se realice un trabajo extenuante a los infractores.
“Todas las infracciones son susceptibles de ser conmutables con trabajo a favor de la comunidad; los jueces cívicos podemos imponer arrestos de hasta 36 horas que se puede conmutar con multa; las personas que han sido remitidas por servicio en favor de la comunidad, el 47 por ciento de los casos han sido por consumir bebidas alcohólicas en la vía pública, el 24 por ciento por portar o facilitar algún instrumento que facilita el consumo de sustancias tóxicas como son las pipas y otro tipo de utensilios, el 8.4 por ciento ha sido por portar estupefaciente o sustancia tóxica en la vía pública, mientras que el 4.8 por ciento ha sido por alterar el orden público”.
Se impone esta sanción, destacó, para tratar de concientizar sobre el daño que causaron a la civilidad y son personas, en la mayoría de los casos, de entre los 20 y 30 años.
“Cuando sus padres acuden a la audiencia con el juez cívico, solicitan que sean sancionados de esta manera y que no vuelvan a incurrir en este tipo de faltas”.
Señaló que, cuando se habla de una cantidad que establece el reglamento de salud, las personas que portan sustancias tóxicas o ilícitas y rebasan los límites es un delito por daños contra la salud y se remiten a la Fiscalía General del estado.
“Las dosis máximas para consumo personal inmediato, pasando de esa cantidad la portación es un delito, son: el opio 2 gramos, la morfina o heroína 50 miligramos, 5 gramos de marihuana, 500 miligramos de cocaína, LCD 0.015 miligramos y la metanfetamina 40 miligramos, estos son los máximos permitidos para que sea delito, en el caso del municipio de Querétaro la portación está considera como una falta administrativa por lo que siempre que sean cantidades menores a las que estamos señalando será competencia de los juzgados cívicos, cuando lo exceda será competencia de la Fiscalía General del Estado”.
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