Usebeq e Indereq Violan Derechos Humano; DDHQ Emiten Recomendaciones

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Tras encontrar evidencias claras de violaciones a los derechos de diversas víctimas, la Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro (DDHQ) emitió tres recomendaciones, dos dirigidas a la Unidad de Servicios para la Educación Básica en el Estado de Querétaro (Usebeq) y una al Instituto del Deporte y la Recreación del Estado de Querétaro (Indereq) para que subsanen violaciones a los derechos humanos y asegurar la implementación de medidas preventivas que eviten la repetición de actos similares.

La recomendación (262)3/2024 correspondiente al expediente DDH/509/2020 está dirigida a Usebeq y tiene relación con la omisión de la aplicación de un protocolo adecuado en un caso anterior que comprometió la integridad de estudiantes, lo que provocó la violación de los derechos humanos a la educación, al sano desarrollo integral de la niñez y al interés superior de la niñez.

El caso se originó cuando el padre de un menor estudiante de la Escuela Primaria «Centenario 1867-1967»,  presentó una queja formal ante esta Defensoría en la que denunció que su hijo había sido obligado por un compañero de clase a realizar actos sexuales dentro de las instalaciones de la escuela. Estos hechos ocurrieron aproximadamente seis meses antes de la denuncia, cuando cursaba el tercer grado de primaria. A lo largo de la investigación, se recopiló evidencia que incluyó informes de intervención psicológica, reportes de la Fiscalía General del Estado de Querétaro (FGEQ), de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Querétaro e informes requeridos a la USEBEQ.

“La DDHQ ha emitido diversas recomendaciones a la Usebeq, entre ellas la inscripción en el Registro Estatal de Víctimas: Solicitar y gestionar la inscripción del niño, sus progenitores, y quienes se consideren víctimas indirectas, en el Registro Estatal de Víctimas para que tengan acceso a medidas de rehabilitación, atención psicológica y médica, según sea necesario e iniciar los procedimientos administrativos correspondientes para deslindar responsabilidades por las omisiones cometidas por el personal de la escuela primaria involucrada, asegurando que no se argumente caducidad o prescripción en perjuicio del infante, conforme a lo establecido en la legislación aplicable”.

También se solicitó designar a un servidor público de alto mando como enlace con la DDHQ para dar seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones, con la obligación de rendir informes periódicos sobre los avances en la implementación de las medidas recomendadas.

La segunda recomendación es la (263)4/2024 al corroborar violaciones al derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y al derecho al trabajo en agravio de una quejosa extrabajadora del organismo y cuya investigación reveló casos de acoso sexual perpetrados por tres funcionarios del Indrereq.

Durante su labor en el Indereq, la quejosa fue objeto de comentarios inapropiados sobre su aspecto físico y estado civil, así como de insinuaciones y propuestas sexuales no deseadas por parte de los funcionarios. A pesar de su negativa constante, estos comportamientos persistieron, llegando incluso a intentos de contacto físico no consensuado.

Entre las recomendaciones emitidas por la DDHQ está la inscripción en el Registro Estatal de Víctimas: Solicitar y gestionar la inscripción de la víctima en el Registro Estatal de Víctimas para que tenga acceso a medidas de rehabilitación, incluyendo atención psicológica y médica, según sea necesario y emitir una circular para reiterar al funcionariado del INDEREQ el contenido del Pronunciamiento “Cero tolerancia al acoso y hostigamiento por razón de género en el ámbito laboral,” reforzando el compromiso de la institución con la erradicación de estas conductas.

La tercera recomendación con número (264)5/2024 es para la USEBEQ por la violación a los derechos humanos de integridad personal y a la vida en agravio de una infante que falleció en el Jardín de Niños “Rita Cetina Gutiérrez”. Se documentaron omisiones en el deber de cuidado y la falta de medidas adecuadas para garantizar la seguridad de los infantes bajo su custodia.

El caso se originó cuando la DDHQ inició una queja de oficio tras la difusión de diversas notas periodísticas en la que se reportaba el fallecimiento de una niña dentro de un jardín de niños en la colonia Paseos de San Miguel. La queja fue calificada como una probable violación a los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, y se enfocó en el derecho a la vida y la integridad personal. La investigación se centró en determinar las circunstancias que rodearon la muerte de la niña y en evaluar si las autoridades educativas cumplieron con su deber de protección y cuidado hacia los infantes bajo su custodia.

En respuesta a estas violaciones identificadas, la DDHQ ha emitido las siguientes recomendaciones a la USsebeq: la inscripción en el Registro Estatal de Víctimas: Solicitar y gestionar la inscripción de la víctima, sus progenitores y quienes se consideren víctimas indirectas en el Registro Estatal de Víctimas, para que tengan acceso a medidas de rehabilitación, atención psicológica y médica, según sea necesario.

Ambas instituciones tienen un plazo de 15 días naturales para notificar a esta Defensoría sobre la aceptación de las recomendaciones y presentar pruebas que demuestren su cumplimiento.

 

Newsweek

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