Katia Lemus Barajas
Paul Ospital Carrera, diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI) actualmente en la entidad existen seis amparos ante un juez federal para que los padres puedan decidir el orden de los apellidos de sus hijos ya que la Dirección del Registro Civil no lo hace como un trámite ordinario.
“Nosotros llevamos el trámite de unos cuates a quienes les querían cambiar el orden de los apellidos de los padres, la bronca fue que el trámite del amparo puede tomar hasta seis meses para que el juez resuelva y lo que sucede en esos seis meses es que el menor no tiene identidad y al no tener acta de nacimiento tampoco puede ser vacunado, (…) entonces se vuelven un problema en cadena y al final los padres declinaron de realizar el amparo al mes porque urgía más tener el cuadro de vacunación que ponerles los apellidos”.
Sin embargo, detalló que, ahora que los legisladores que integran la Comisión de Procuración y Administración de Justicia aprobaron el dictamen de la iniciativa que propone que sean los padres quienes decidan el orden de los apellidos de sus hijos, estos amparos ya no serán necesarios.
“Venimos de una imposición histórica, en los que el mismo sistema refuerza los estereotipos de género. Pero debemos adaptarnos a las nuevas estructuras familiares y a la nueva realidad; es por eso que hoy celebro que distintas ideologías, distintos partidos, entendamos la importancia de respetar la libertad de cada una de las familias, pero, sobre todo, que el estado no sea un bache para que puedan tener su identidad, para que se puedan apellidar como quieran las y los hijos y que, con esto, puedan ejercer sus derechos”.
Recordó que, en diciembre de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la obligatoriedad de que los registros civiles de los estados le pusieran primero forzosamente el apellido paterno a las niñas y niños.
“La Suprema Corte determinó esta inconstitucionalidad porque esto perpetuaba los estereotipos de género por ello distintos estados de la República realizaron esta reforma y ahora Querétaro es el estado número seis en ponerse al día con la resolución que tuvo la Corte”.
Refirió que esta iniciativa tiene cinco aristas; el primero tiene que ver con un tema de igualdad de género porque venimos de una imposición histórica porque el sistema refuerza los estereotipos de género imponiendo el apellido paterno; tiene que ver con la autonomía, respeto y decisión que deben tener las familias; tiene que ver con la identidad cultural y personal pues hay familias que quieren priorizar un apellido para que continúe y no desaparezca; tiene que ver con la adaptación que debe haber de las nuevas estructuras familiares y finalmente tiene que ver con la diversidad.
“Este tipo de iniciativas nos apuntan a una sociedad más tolerante, más incluyente, más plural pues las tradiciones van evolucionando y las leyes deben de irse adecuando esta evolución social que tiene el mundo y por eso la norma se tiene que adaptar a las nuevas realidades, a las nuevas familias y a la evolución social”.
De igual forma, refirió también se aprobó la iniciativa para que en un plazo no mayor a 48 horas los hospitales notifiquen al Registro Civil sobre el alumbramiento de un bebé para que realice el trámite de su registro.
“No puede haber niñas o niños que salgan del hospital sin registro y que este se deje para después, provocando una serie de problemas como el tema de la vacunación o el acceder a los derechos fundamentales y el derecho a la identidad es un derecho humano que se debe dar inmediatamente después del alumbramiento; por eso es que estamos estableciendo un plazo máximo de 48 horas para que las familias vengan a tramitar el acta de nacimiento y sea sin costo alguno”.
Los dictámenes que se aprobaron reformarán los artículo 36 y 37 del Código Civil del Estado que tiene que ver con el tema del orden de los apellidos y se reforma el artículo 48 del Código Civil del Estatal de Querétaro y el artículo 18 de la Ley de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de Querétaro.
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