El Senado aprobó un dictamen de reformas al Código Penal Federal para sancionar con cárcel a quien obligue a un menor de edad a convivir con otra persona, sin su aprobación.
En el dictamen, que pasará al pleno esta semana, plantea establecer como delito una nueva conducta que sancione la manipulación de menores “para adoptar un estilo de vida idéntico al del matrimonio, sin que se verifique una unión formal”.
La minuta plantea que se comete el delito de cohabitación forzada de personas menores, aquella persona que obligue a otra de esta condición, a vivir o establecer una relación de pareja, equiparable a la de un matrimonio.
Al responsable de este delito, se le impondrá una pena de ocho a 15 años de prisión y una sanción económica que va de mil a dos mil 500 días multa. Dicha pena aumentará hasta el doble cuando se trate de personas que pertenezcan a algún pueblo o comunidad indígena.
Este tipo de uniones tiene consecuencias negativas, ya que al ser separados de su familia, pierden la libertad de relacionarse con personas de su edad, ocasionándoles problemas graves de personalidad y salud mental durante su desarrollo. Incluso, puede poner al menor en riesgo de ser obligado a realizar trabajos forzados, prostitución y ser victima de violencia, embarazos prematuros y enfermedades de transmisión sexual.
Con esta reforma se busca proteger a las niñas que viven en comunidades indígenas, que son obligadas a estas uniones o matrimonios forzados, sólo por usos y costumbres.
Fuente: La Verdad Noticias
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