Katia Lemus Barajas
El Juzgador Segundo de Distrito En Materia de Amparo y Juicios Federales otorgó el amparo y protección a una pareja queretana a fin de que el responsable de la Dirección Estatal del Registro Civil reconocer el derecho que tiene la pareja a contraer matrimonio “sin tomar en cuenta como impedimento para llevar a cabo dicho acto jurídico, que uno de los pretendientes sea una persona con VIH”, afirmó Luis Felipe Zamudio Burgos, director del Centro de Orientación Integral para personas con VIH/SIDA (COIVIHS).
Esto, luego de que hace meses, una pareja de jóvenes queretanos acudió a la Dirección de Registro Civil del Municipio de Querétaro para solicitar matrimonio, asignándoles fecha para celebrarlo, sin embargo, al presentar sus estudios prenupciales, personal de dicha Institución, observó el diagnóstico positivo al VIH de una de las personas, lo que provocó que se les cancelara su fecha de acto civil, por incumplir lo establecido en la ley.
“Lo señalado en el Artículo del Código Civil, por lo que las personas inconformes acudieron con nosotros para solicitar ayuda y acompañamiento, mismo que se brindó en conjunto con la Defensoría Pública Federal en el Estado para hacer realidad este derecho”.
Además, destacó, de acuerdo con la determinación judicial, se ordenó girar oficio a todos los oficiales de Registro Civil en el Estado para hacer de su conocimiento la presente determinación, para en caso de que en cualquier momento que las personas interesadas acudan a solicitar matrimonio, puedan proceder a realizarlo sin discriminación.
“Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinaron que: ‘la decisión de unirse en matrimonio o concubinato con una persona que padece una enfermedad crónica o incurable, que sea contagiosa o hereditaria, solo le corresponde a quien puede sufrir ese riesgo, por lo que cualquier impedimento absoluto es injustificado: Primera Sala’”.
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