Después de una larga lucha y espera por parte de movimientos feministas, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la llamada «Ley 3 de 3 contra la violencia», por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
La reforma constitucional se concretó está mañana y a partir de este martes ninguna persona que tenga sentencia firme sobre actos de violencia de género, violencia familiar o sea un deudor alimenticio, podrá participar por un puesto de elección popular.
De esta manera, los próximos comicios que se realicen en 2024 quedan blindados para que ninguna persona bajo este escenario tenga acceso a ocupar puestos políticos con cualquier tipo de fuero o influencia.
Entre otros puntos, esta reforma modifica los artículos 38 y 102 de la Constitución, a fin de suspender los derechos políticos de aquellas personas deudoras de pensión alimenticia, acosadores sexuales y agresores familiares.
“En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público”, señala el decreto publicado la mañana de este lunes en el DOF.
Respecto a la reforma al artículo 102 constitucional, el decreto manifiesta los requisitos necesarios para ser Fiscal General de la República por lo que se requiere: que la persona designada sea ciudadana mexicana por nacimiento, en ejercicio de sus derechos; tener cuando menos 35 años cumplidos el día de la designación; contar, con antigüedad mínima de diez años, con título profesional de licenciatura en derecho; gozar de buena reputación y no haber sido condenada por la comisión de delito doloso.
Fuente: La Verdad Noticias
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