El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró desierto el proceso de selección y designación de la consejera o consejero presidente del Organismo Público Local (OPL) de Querétaro, luego de realizar una nueva valoración ordenada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Al presentar el proyecto, la xonsejera Dania Ravel, presidenta de la Comisión de Vinculación con Organismos Públicos Locales, explicó que, al revocar la designación de Teresita Adriana Sánchez Núñez por considerar el incumplimiento de residencia efectiva, se procedió a analizar los dos perfiles de mujeres restantes que accedieron a la última etapa del proceso, los cuales no resultaron idóneos para ocupar el cargo.
La consejera mencionó que, al determinar dicho incumplimiento, la Sala Superior no consideró aplicable la hipótesis contenida en el artículo 11 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro que establece que no se perderá la residencia cuando la persona se traslade a residir a otro lugar para desempeñar un cargo de elección popular, una comisión oficial no permanente o con motivo de estudios, actividades científicas, técnicas, artísticas y de trabajo cuando éstas no implican la intención de radicarse en el lugar en que se desempeñen.
“La determinación del Tribunal no hace una interpretación integral y pro persona de todos los dispositivos vigentes, incluso se desapega de la jurisprudencia 27/2015, en la que se señala que la residencia efectiva no debe subordinarse a elementos formales”.
La consejera Carla Humphrey señaló que, si bien ella no había avalado la propuesta para la presidencia del OPL de Querétaro, la Sala, aplicando la alternancia para cumplir con la paridad, determinó que la presidencia debía ser ocupada por una mujer de entre las que habían llegado a la última etapa, sin embargo, dos mujeres se encontraban en estas condiciones, pero no cubrían los requerimientos para ocupar ese espacio por lo que se declaró desierta la convocatoria.
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