LA OPINIÓN DE SANTIAGO · LA LUPA · INVESTIGACIÓN ESPECIAL
Parte 2 de 5 · Presupuesto Municipal Querétaro 2025
La «súper secretaría» que movió $1,570 millones del presupuesto de Querétaro sin pedir permiso al Cabildo
El Artículo 12 del Decreto del Presupuesto de Egresos 2025 delegó en la Secretaría de Finanzas 14 facultades para mover dinero sin necesidad de votación del Cabildo. Con ese mecanismo, la llamada ‘súper secretaría’ incrementó publicidad 62%, arrendamientos 460% y compró $90 millones en vehículos que el Cabildo nunca aprobó — mientras recortaba $395 millones destinados a ayudas sociales.
Por: Equipo de Investigación de La Opinión de Santiago | Fuente: Decreto del Presupuesto de Egresos 2025 · Cuenta Pública 4to Trimestre 2025 · Gaceta Municipal No. 6
El 17 de diciembre de 2024, el Cabildo de Querétaro aprobó el Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2025. Con ese voto, los regidores autorizaron en qué y cuánto dinero gastaría el municipio durante el año: cuánto para obras, cuánto para servicios, cuánto para programas sociales.
Lo que también aprobaron ese día, aunque con mucho menos atención pública, fue el Artículo 12 del mismo decreto — una cláusula de 14 fracciones que le entregó a la Secretaría de Finanzas la facultad de mover ese presupuesto durante todo el año sin necesidad de regresar al Cabildo a pedir autorización.
Los resultados de ese mecanismo quedaron registrados en la Cuenta Pública 2025. Partidas que el Cabildo había aprobado en cero pesos terminaron con decenas de millones ejercidos. Partidas que tenían presupuesto asignado para atención ciudadana perdieron cientos de millones. Y todo ocurrió sin una sola votación adicional de los regidores.
Qué dice el Artículo 12
El texto del Artículo 12 del Decreto del Presupuesto de Egresos 2025 — publicado en la Gaceta Municipal No. 6 — establece que corresponderá a la Secretaría de Finanzas, a través de su titular o sus unidades administrativas, lo siguiente:
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Fracción I Realizar las adecuaciones necesarias al presente, derivadas de las ampliaciones, reducciones, aumentos y disminuciones según corresponda, manteniendo en todo momento el equilibrio presupuestal. |
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Fracción XI Realizar movimientos presupuestarios respecto de las disponibilidades del ejercicio fiscal 2025, destinándolos para la estabilidad de las finanzas municipales, atendiendo a lo dispuesto en el Plan Municipal de Desarrollo. |
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Fracción XII Realizar los movimientos presupuestarios correspondientes derivado de los recursos que por economías, ahorros o previsiones se realicen dentro del ejercicio fiscal correspondiente. |
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Fracción XIII Destinar, en su caso, las economías al cierre del ejercicio fiscal 2025 por concepto de servicios personales y otros capítulos relacionados, para provisiones obligaciones derivadas de relaciones contractuales ya devengadas o bien, para proyectos prioritarios. |
En conjunto, estas fracciones le otorgaron a la Secretaría de Finanzas la capacidad de aumentar partidas sin tope máximo establecido, reducir partidas que el Cabildo había aprobado, crear gasto en conceptos que tenían presupuesto cero, y reasignar recursos entre dependencias — todo ello informando al Ayuntamiento únicamente a través de la Cuenta Pública, es decir, al final del año cuando el dinero ya fue movido y ejercido.
Los movimientos que dejó la Cuenta Pública
El Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos, Cuarto Trimestre 2025, permite comparar columna por columna lo que el Cabildo aprobó en diciembre de 2024 contra lo que la Secretaría de Finanzas modificó y lo que finalmente se ejerció. Los casos más llamativos son:
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Partida |
Aprobado |
Devengado |
Variación |
|
Publicidad y comunicación social |
$160.0 M |
$258.3 M |
+$98.3 M (+62%) |
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Arrendamientos |
$53.7 M |
$301.0 M |
+$247.3 M (+460%) |
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Vehículos y equipo de transporte |
$0 |
$90.6 M |
+$90.6 M (sin aprobación) |
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Servicios profesionales y técnicos |
$583.9 M |
$881.1 M |
+$297.2 M (+51%) |
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Servicios de instalación y mantenimiento |
$283.2 M |
$473.5 M |
+$190.3 M (+67%) |
|
Ayudas sociales |
$581.2 M |
$185.4 M |
−$395.8 M (−68%) |
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Subsidios y subvenciones |
$74.5 M |
$94.8 M |
+$20.3 M |
Fuente: Clasificación por Objeto del Gasto, Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos, 4to Trimestre 2025. Portal Fiscal Municipal de Querétaro.
Publicidad: de $160 a $258 millones
El Cabildo aprobó 160 millones de pesos para Servicios de Comunicación Social y Publicidad en 2025. Es una cifra que ya era significativa — equivalía al 2.1% del presupuesto total aprobado del municipio.
Al cierre del año, la Secretaría de Finanzas había ampliado esa partida en 98 millones 853 mil pesos adicionales, llevándola a 258 millones 353 mil pesos devengados. El incremento representa el 62% sobre lo aprobado originalmente.
Para dimensionar la cifra: con la diferencia entre lo aprobado y lo ejercido en publicidad — 98 millones de pesos — el municipio habría podido financiar más de la mitad del subejercicio en obras que documentamos en la Parte 1 de esta investigación.
Arrendamientos: de $53 a $301 millones
La partida de arrendamientos es quizás el caso más extremo de modificación presupuestal del ejercicio 2025. El Cabildo aprobó 53 millones 709 mil pesos para rentas del municipio. Al cierre del año, el devengado fue de 301 millones 15 mil pesos — 247 millones más, un incremento del 460%.
El documento oficial no desglosa qué inmuebles o servicios se arrendaron con esos recursos adicionales, ni bajo qué procesos de contratación. La Opinión de Santiago ha solicitado al Municipio de Querétaro información detallada sobre los contratos de arrendamiento del ejercicio 2025. Al cierre de esta edición no se ha recibido respuesta.
Vehículos: $90 millones que el Cabildo nunca votó
El caso de los vehículos es el más claro en términos de lo que el Artículo 12 hizo posible. En el presupuesto aprobado por el Cabildo en diciembre de 2024, la partida de Vehículos y Equipo de Transporte del Gasto No Etiquetado tenía asignados cero pesos. Literalmente: el Cabildo no votó ni un peso para comprar vehículos en ese rubro durante 2025.
La Cuenta Pública registra que al cierre del año se devengaron 90 millones 622 mil pesos en esa partida. El dinero para comprar esos vehículos no fue autorizado en ninguna sesión de Cabildo — fue reasignado durante el año por la Secretaría de Finanzas al amparo del Artículo 12.
La Opinión de Santiago solicitó al municipio información sobre qué vehículos se adquirieron, para qué dependencias y bajo qué procedimientos de contratación. Al cierre de esta edición no se ha recibido respuesta.
Ayudas sociales: −$395 millones menos para la ciudadanía
En el otro extremo de los movimientos presupuestales se encuentran las ayudas sociales. El Cabildo había aprobado 581 millones 245 mil pesos para este concepto — uno de los rubros con mayor impacto directo en los sectores más vulnerables de la población.
Al cierre del año, el devengado en ayudas sociales fue de 185 millones 428 mil pesos. La reducción fue de 395 millones 817 mil pesos — el 68% del presupuesto aprobado para ese fin no llegó a sus destinatarios.
El mismo mecanismo que amplió publicidad en $98 millones y arrendamientos en $247 millones recortó en $395 millones lo destinado a ayudas sociales. La Cuenta Pública no explica las razones operativas de ese recorte.
El total de lo movido
Sumando solo el Gasto No Etiquetado, la Secretaría de Finanzas realizó ampliaciones presupuestales por mil 300 millones 226 mil pesos durante 2025 — recursos reasignados entre partidas sin pasar por votación del Cabildo. En el Gasto Etiquetado, las modificaciones sumaron 270 millones 686 mil pesos adicionales.
En total, los movimientos presupuestales realizados bajo el Artículo 12 durante 2025 alcanzaron mil 570 millones 913 mil pesos — el equivalente al 20.6% del presupuesto total que el Cabildo había aprobado para el año.
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RESUMEN: LO QUE MOVIÓ EL ARTÍCULO 12 EN 2025 Ampliaciones en Gasto No Etiquetado: +$1,300,226,781 Ampliaciones en Gasto Etiquetado: +$270,686,492 Total modificado sin votación del Cabildo: $1,570,913,274 % del presupuesto total aprobado: 20.6% |
¿Es legal el Artículo 12?
El Artículo 12 del Decreto del Presupuesto de Egresos 2025 del Municipio de Querétaro fue votado y aprobado por el propio Cabildo en diciembre de 2024. En ese sentido, el mecanismo tiene el respaldo formal de la misma autoridad cuyas facultades de control limita.
Sin embargo, la pregunta jurídica de fondo es si ese tipo de delegación es compatible con el principio de control presupuestario del Cabildo establecido en la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro — que reserva al Cabildo la facultad de aprobar el presupuesto de egresos y sus modificaciones sustanciales.
La Opinión de Santiago ha solicitado análisis a académicos de la Universidad Anáhuac y la UAQ sobre la compatibilidad jurídica del Artículo 12 con la normativa municipal estatal. Sus respuestas serán incluidas en las siguientes entregas de esta serie.
Metodología y fuentes
Esta nota se basa en documentos oficiales descargados del Portal Fiscal del Municipio de Querétaro. Los documentos analizados son:
La Opinión de Santiago solicitó postura al Municipio de Querétaro — específicamente a la Secretaría de Finanzas — sobre los movimientos presupuestales documentados. También se solicitó información sobre los contratos de arrendamiento y la adquisición de vehículos. Al cierre de esta edición no se recibió respuesta a ninguna de las solicitudes.
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