Ley Kuri, Sin Ingresar a Oficialía de Partes de la Legislatura Local: Andrea Tovar

Banner Político

Katia Lemus Barajas

La iniciativa de ley que ya se publicó en la Gaceta del Senado de la República que promovió el gobernador de Querétaro, Mauricio Kuri González, la cual busca proteger el futuro de la niñez y adolescencia queretana y que promueve medidas para mejorar el entorno educativo y social de niñas, niños y adolescentes no ha ingresado a Oficialía de Partes, afirmó Andrea Tovar Saavedra, presidenta de la Mesa Directiva del Congreso de Querétaro.

“Hasta el día de ayer y todavía hoy por la mañana, no teníamos información de que ya hubiera llegado al Congreso, me parece que todavía estamos a la espera de que se envíe este paquete que entiendo ya se publicó ayer en el Senado”.

Esto, luego de que el Kuri González propuso una serie de acciones la cual busca garantizar el acceso a redes sociales a menores de edad e incrementar las sanciones a delitos digitales contra pederastas y acosadores digitales.

Tovar Saavedra confió en que en estos días o inclusive en las próximas horas se ingrese para poder turnarla a la comisión correspondiente y hacer el proceso legislativo.

“Yo creo que hay que analizar la iniciativa a detalle antes de emitir cualquier opinión porque obviamente cuando se hace un anuncio se ponen los puntos generales, pero yo pienso que hay que ver los puntos específicos, entonces yo voy a esperar a que llegue la iniciativa para poder estudiar, analizarla y posteriormente emitir una opinión.

La iniciativa denominada “Ley Kuri” propone adicionar al artículo 4 de la “Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes” una definición de redes sociales digitales: sitio web o aplicación cuya función principal es difundir información generada por sus propios usuarios como textos, datos, voz, imágenes, videos, música, sonidos o una combinación de estos, con la finalidad de interactuar, informar, entretener o educar.

También prevé que las redes sociales digitales garanticen el acceso y uso seguro del internet por parte de las niñas, niños y adolescentes en términos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

En lo que respecta a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, se reforma con la finalidad de dotar a la dependencia encargada de elaborar y conducir las políticas de telecomunicaciones y radiocomunicación, de facultades, con el fin de supervisar que las redes sociales digitales garanticen el derecho al acceso y uso seguro del internet a niñas, niños y adolescentes, como medio efectivo para ejercer los derechos a la información, comunicación, educación, salud, esparcimiento y no discriminación.

Se establece la obligación de obtener la autorización para operar los servicios de redes sociales digitales por parte de la dependencia encargada de elaborar y conducir las políticas de telecomunicaciones y radiocomunicación.

Además, se contempla la obligación de que las redes sociales digitales establezcan el mecanismo para suspender una cuenta o perfil, eliminar contenido o en su defecto, cancelar en forma definitiva una cuenta o perfil, cuando estos, afecten derechos de niñas, niños o adolescentes, o el interés superior de estos.

SE establece la obligación de implementar mecanismos de denuncia y reparación de derechos afectados por recolección de datos y moderación de contenidos que no salvaguarden el interés superior de niñas, niños y adolescentes.

Newsweek

Be the first to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo no será publicada.


*