- Es el quinto caso de maltrato animal, aunque el primero que llega a juicio
- El martes 30 de agosto se realizará la audiencia de comunicación de sentencia
- Hombre puede apelar y ampararse por matar a los dos perros y afectar a otro
Miguel Gallardo
El caso en donde se dictó una sentencia condenatoria de 10 años 6 meses al hombre que envenenó a dos perros y afectó a otro que logró sobrevivir en la ciudad de Querétaro, es el quinto por maltrato animal, aunque el primero en llegar a juicio, indicó Mariela Ponce Villa, magistrada presidenta del Poder Judicial del estado de Querétaro.
También, argumentó que si no se detiene la violencia que se ejerce en contra de los animales, quienes lo hacen puede actuar en contra de una persona que puede ser hasta un niño.
“No es el único caso que hemos tenido, ya es el quinto por maltrato animal, pero sí es el primero que llega a juicio. En otros casos, como los perritos no han muerto, han quedado en suspensión condicional del proceso por las penalidades que tiene el Código Penal”, explicó.
La titular del Poder Judicial mencionó al respecto que la audiencia de comunicación de sentencia será el próximo martes 30 de agosto de acuerdo con los plazos que establece el Código Nacional de Procedimientos Penales.
“Una vez que se emite la sentencia, ésta no puede ser ejecutada hasta que se declare firme; es decir, si no apela la sentencia o si la apelan, esto es hasta que se resuelva la apelación”, aclaró.
Mariela Ponce agregó que después de la apelación las partes todavía tienen la opción de recurrir a un juicio de amparo.
“Estamos hablando de un plazo de tres meses para que se resuelva apelación. Si se presenta un amparo es más tardío en resolverse, pero a partir de que se interponga el amparo se lleva al menos un año para resolverse. Esto en caso de que la persona sentenciada recurra a la apelación, y si no le favorece, tiene derecho a tramitar el juicio de amparo”, puntualizó la magistrada presidenta.
Informó que este delito que surge en el 2014 tuvo una reforma importante en el 2019 que es el tipo que se establece, ya que en la primera aplicación tenía una penalidad muy baja.
Por su parte, el gobernador Mauricio Kuri González, expresó que se trata de una nota a nivel nacional en donde hay un antes y después a partir de la resolución. “Yo sí creo que una persona que lastima a un animal, no es una persona buena y tiene que haber consecuencias; no sé si esas son las apropiadas, eso lo determina un juez. En Querétaro la ley se cumple”, afirmó.
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