A partir de hoy, la velocidad permitida en los centros escolares que se ubiquen en vías secundarias y calles terciarias tendrán que circular entre 20 y 30 kilómetros por hora.
Esto luego de que el Pleno de la Legislatura Local aprobó la iniciativa por la que se reforma y adiciona la fracción V, del artículo 65, de la Ley de Tránsito para el Estado de Querétaro, en materia de límites de velocidad para garantizar la seguridad vial en entornos escolares.
El objetivo de esta reforma es establecer el límite de velocidad de 20 kilómetros por hora en entornos escolares que se ubiquen en vías secundarias y calles terciarias y de hasta 30 kilómetros por hora en vías primarias y carreteras, para garantizar la movilidad y la seguridad vial de niñas, niños y adolescentes que transitan por esas áreas.
El dictamen aprobado refiere que cuando los vehículos se aproximen a un autobús de transporte escolar esté detenido, con luces intermitentes activadas, también deberá reducirse la velocidad a un máximo de 20 kilómetros por hora en entornos escolares que se ubiquen en vías secundarias y calles terciarias y de hasta 30 kilómetros por hora en vías primarias y carreteras, debido a que en esos momentos se da el ascenso y descenso de niñas, niños y adolescentes, lo que aumenta el riesgo de atropellamientos. Asimismo, se establece que los vehículos deberán hacer alto total en los cruces peatonales escolares, cuando el personal de las escuelas muestre la señal de alto, para permitir el cruce seguro de estudiantes niñas, niños o adolescentes.
En sesión de Pleno también se aprobó el decreto por el que se crea el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Cadereyta de Montes por lo que se tendrá que actualizar su contenido en apego a las leyes estatales y federales que le otorgan competencia para fortalecer y consolidar las acciones que se emprendan, para el cuidado de los derechos de la sociedad de ese municipio para velar por los derechos de las más vulnerables como lo son niñas, niños y adolescentes en estado de abandono, adultos mayores y personas con discapacidad.
También se aprobó el decreto por el que se crea el Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Peñamiller.
Además, se aprobó el Dictamen de la iniciativa que reforma los artículos 1 fracciones III, VI, VIII y IX artículo 3 inciso d), artículo 7 y 9 del Decreto que crea el Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Landa de Matamoros.
En otro punto del día se aprobó e reformar del decreto para la modificación de denominación y facultades de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia del Sistema Municipal DIF de Arroyo Seco, por Procuraduría de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema Municipal DIF de Arroyo Seco.
La reforma propone que entre sus funciones, la procuraduría impulse el sano crecimiento físico, mental y social de las niñas, niños y adolescentes; propicie la creación de establecimientos de asistencia social en beneficio de los niños, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad, sin recursos suficientes y en situación de abandono o descuido; preste gratuitamente servicios de asistencia jurídica en materia familiar y de orientación social a niñas, niños y adolescentes así como grupos minoritarios, étnicos y sin recursos.
Asimismo, propone que el titular de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes se encargue de proporcionar orientación, asesoría y asistencia legal de niñas, niños, adolescentes del municipio de Arroyo Seco en materia de derecho familiar, actuando con interés jurídico ante autoridades y tribunales competentes cuando se consideren afectados los derechos humanos de este grupo vulnerable.
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