Katia Lemus Barajas
Con la intención de instrumentar y guiar la actuación de las instituciones públicas para garantizar el derecho de acceso a la justicia en asuntos ambientales en el estado, Izarelly Rosillo Pantoja, catedrática de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Querétaro (UAQ), presentó la propuesta del primer Protocolo de Actuación en América Latina para la Protección de las Personas Defensoras de Derechos en Asuntos Ambientales aplicable para Querétaro.
En su carácter de líder del cuerpo académico identidades, medio ambiente y justicia en contextos democráticos, Rosillo Pantoja explicó que este protocolo se emitió tomando en cuenta el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en el cual se hace evidente que las defensoras y defensores de derechos humanos relacionados con el medio ambiente de algunos estados de la región se enfrentan a diversos obstáculos jurídicos para lograr la justiciabilidad de las causas que persiguen.
“Cuando hablamos de justiciabilidad estamos hablando de falta de condiciones legislativas que provean recursos jurídicos idóneos y efectivos para el trámite de denuncias relacionadas con daños ambientales y particularmente, para la obtención de una reparación integral; de igual forma, su actuar se sitúa en constante riesgo, al ser víctimas de pronunciamientos que los califican como “enemigos del desarrollo”, “atrasa pueblos” o “ecoterroristas”; pronunciamientos de esta naturaleza deslegitiman la labor desempeñada por defensores y defensoras y generan un contexto adverso para la defensa de los derechos”.
Detalló que los estados se encuentran obligados a prevenir razonablemente las amenazas, agresiones y hostigamientos en contra de defensores y defensoras de derechos humanos; investigar seriamente los hechos que sean puestos en su conocimiento; así como, en su caso, sancionar a los responsables y dar una adecuada reparación a las víctimas.
“A través del protocolo que se propone, se materializan los principios de actuación de las autoridades de la entidad queretana derivado de la lectura del artículo 8 del
Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, como un complemento a las disposiciones existentes sobre la protección a periodistas y personas defensoras de derechos humanos, en consideración de las particularidades que envuelven a la materia ambiental”.
Be the first to comment