Sancionarán a Quien se Oculte en Perfiles Falsos para Afectar a Terceros

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Katia Lemus Barajas

Entre las reformas al “Código Penal del Estado de Querétaro” que se aprobaron en la Comisión de Administración y Procuración del Congreso Local se incluyen sanciones a quien se esconda en  perfiles falsos para obtener beneficios o engañar a otros.

“Se habla en términos generales, no se habla de redes en específico con nombre y apellido, pero si existe la posibilidad de que una persona inicie un procedimiento penal contra quien resulte responsable cuando haya una afectación en los derechos a través de un ocultamiento de la autoridad, en esto cabria las redes sociales, la contratación de una persona a través de internet y que al final te afecten en cuestiones económicas o personales”.

Explicó que en el apartado que habla de los delitos contra la Inviolabilidad de la Información, capitulo primero, revelación de información artículo 159, se impondrá de uno a 5 años hasta 500 veces el valor diario de la UMA por concepto de multa , trabajos en favor de la comunidad hasta por seis meses a quien por sin consentimiento de quien tenga derecho a otorgarlos utilice, revele, entregue o facilite acceso a información documentos o cualquier objeto del que hubiese confiado sea público o privado.

“Las mismas penas se impondrán a quien sin autorización de quien deba otorgarlo primero acceda, altere, intercepte, acceda, extraiga, interrumpa, dañe, inutilice, manipule o destruya comunicaciones sistemas informáticos, dispositivos, instrumentos; parte dos, a quien usurpe suplante, destruya, altere, intercepte, dañe o inutilice aplicaciones; tercero, a quien suplante o de cualquier forma expresa o produzca información digital aparentando que se trate de otra persona real, perfil o cuenta en cualquier formato digital sin la autorización de esta es decir a aquí cabe esta pena para quien genere esta suplantación”.

Enfatizó que otro tema importante en materia digital es una ampliación en términos de responsabilidad de la información, es decir, hay agravantes para las personas que tengan acceso a información que no sea de su propiedad y que la difundan sin permiso.

“Esto es algo nuevo al igual que el tema de las empresa y de manera sorprendente no había multas para los delitos de lesiones, omisión de auxilio, privación de la libertad, asalto, violación y esto es importante porque forma parte de la ejemplaridad de la imposición de la pena, es decir, cuando no solamente hay una pena privativa de prisión o ya se están incorporando temas en favor de la comunidad, sino que también la multa forma parte de la imposición de una afectación a la persona que es declarada responsable también de manera económica”.

Newsweek

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