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Nota de precisión metodológica: serie Poder sin Cabildo

Por Gerardo Marquez Soberani · 16 de julio de 2026

Nota de precisión metodológica: serie Poder sin Cabildo

Serie de investigación “Municipio de Querétaro: Poder sin Cabildo” · La Opinión de Santiago

En La Opinión de Santiago, la regla central de esta serie ha sido que cada cifra se ancle a un documento oficial. En esa misma lógica de transparencia con nuestros lectores, precisamos tres puntos de las entregas publicadas. Ninguna de estas precisiones modifica el hallazgo central de la investigación —que el presupuesto 2025 del Municipio de Querétaro se modificó masivamente sin votación del Cabildo—; por el contrario, la revisión documental adicional lo confirma y lo dimensiona con mayor exactitud.

  1. La base de cálculo de los 616 millones sin ejercer en obra pública

En la primera entrega señalamos que el municipio dejó sin ejercer 615.8 millones de pesos de inversión pública. La cifra es correcta, pero debimos precisar la base de cálculo: proviene del Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos Detallado (formato de la Ley de Disciplina Financiera, cierre 2025) y resulta de comparar el presupuesto MODIFICADO de inversión pública (1,853.5 millones de pesos, que incluye ampliaciones hechas durante el año) contra lo devengado (1,237.8 millones). Comparado contra el presupuesto originalmente aprobado por el Cabildo (1,580.6 millones), el monto no ejercido es de 342.8 millones. Es decir: durante 2025 el municipio amplió la bolsa de inversión pública en 273 millones adicionales y, aun así, dejó sin ejercer un tercio de ella.

  1. Los vehículos: cero pesos aprobados en recursos de libre disposición

En la segunda y tercera entregas señalamos que el Cabildo aprobó cero pesos para vehículos y se devengaron 90.6 millones. La cifra proviene del renglón e4) “Vehículos y Equipo de Transporte” del gasto NO etiquetado (recursos de libre disposición) del formato citado, y es exacta. La precisión: en el gasto ETIQUETADO (recursos federales con destino específico) el presupuesto sí contemplaba 107.5 millones para vehículos, que durante el año se redujeron a 26.9 millones ejercidos. El cuadro completo refuerza el hallazgo: se recortó el gasto en vehículos financiado con recursos federales etiquetados y, en su lugar, se crearon de la nada 91 millones en recursos de libre disposición —la bolsa que la Secretaría de Finanzas puede mover sin votación del Cabildo— para terminar gastando 117.6 millones totales en vehículos.

  1. El fundamento legal del límite a las transferencias presupuestales

En entregas y entrevistas anteriores citamos un límite de diez puntos porcentuales entre gasto social y administrativo atribuido al artículo 48, fracción XVII, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro. Tras una revisión adicional del texto vigente de esa ley, no localizamos dicha disposición en ese artículo, por lo que retiramos esa referencia. El marco legal aplicable es, en realidad, más estricto: la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro establece que el presupuesto municipal “será el aprobado por los ayuntamientos” (artículo 22); que no podrá efectuarse ningún egreso no presupuestado y aprobado (artículo 24); y que el Presidente Municipal, por conducto de la dependencia de finanzas, sólo puede autorizar transferencias entre partidas que no rebasen el equivalente al cinco por ciento de la partida de quien otorga y de quien recibe —cuando sea necesario transferir montos superiores, se requiere autorización de la Legislatura del Estado (artículo 66)—. La Cuenta Pública 2025 registra partidas que crecieron 460 por ciento y partidas que cedieron 68 por ciento de su monto aprobado. Esta redacción ha solicitado a las autoridades competentes la documentación que acredite dichas autorizaciones; al cierre de esta nota no ha recibido respuesta.

Los documentos que sustentan esta nota —el decreto de Presupuesto de Egresos 2025 (Gaceta Municipal No. 6, Tomo II), los formatos de la Ley de Disciplina Financiera y los Estados Analíticos de la Cuenta Pública 2025, así como las leyes citadas— son públicos y pueden consultarse en el Portal de Transparencia Fiscal del Municipio de Querétaro y en el repositorio documental de esta serie.

La Opinión de Santiago reitera su disposición a publicar íntegra la postura del Municipio de Querétaro y de su Secretaría de Finanzas, cuya solicitud de entrevista —oficio LOS/OFI/2026/003, recibido el 17 de marzo de 2026— continúa sin respuesta.


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